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DIVORCIO DE EXTRANJEROS EN ESPAÑA

DIVORCIO DE EXTRANJEROS EN ESPAÑA

¿Pueden divorciarse los ciudadanos extranjeros en España?

La respuesta es sí. Los ciudadanos extranjeros, hayan celebrado el matrimonio en España o en el extranjero, podrían divorciarse en España cuando cumplan lo siguientes requisitos:

Que el domicilio conyugal, es decir, donde ha residido el matrimonio y los hijos, de haberlos, esté radicado en España al momento de la interposición de la demanda de divorcio.

O en su caso, que habiendo sido la última residencia matrimonial en España, al menos uno de los dos cónyuges continúe residiendo en el lugar que fue la residencia habitual del matrimonio.

¿Cómo se acredita la residencia del matrimonio en España?

La mejor forma de hacerlo es mediante un certificado conjunto de empadronamiento del matrimonio y los hijos en el domicilio.

También se puede acreditar mediante un contrato de arrendamiento conjunto de ambos cónyuges, o con la escritura de propiedad de la vivienda.

También se puede acreditar con documentos acreditativos del domicilio a efectos sanitarios o cualquier otro documento administrativo que acredite el mismo.

¿Qué documentos deben aportarse al Juzgado para el divorcio?

  • La demanda de divorcio y el convenio regulador, que realizará Sumalex Abogados.
  • Certificado de matrimonio, que deberán solicitar en el país donde se celebró el mismo.
  • Certificado de nacimiento de los hijos, los nacidos en España, de haberlos, en el registro civil donde esté inscrito el nacimiento, o el certificado del país donde nacieron.

¿Se pueden liquidar los bienes matrimoniales?

La respuesta es Sí.

Sería de aplicación el régimen económico matrimonial del país donde se celebró el matrimonio o, en caso de haber un acuerdo económico matrimonial previo a la celebración del matrimonio, las reglas establecidas por los cónyuges.

En el supuesto de que existiera régimen de bienes gananciales, se repartirían los bienes y cargas entre ambos cónyuges.

El el supuesto de régimen de separación de bienes, se puede realizar un documento de extinción del régimen económico matrimonial y establecer los bienes de cada cónyuge.

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